En Yucatán, el feminicidio ya es un delito que no prescribe, es decir, quien cometa ese crimen será perseguido sin que haya una vigencia de tiempo para ello, como era anteriormente.
Esto se logró gracias que se agregó un cuarto párrafo al artículo 117 del Código Penal del Estado, en donde se menciona ahora que “en el delito de feminicidio la acción penal para su persecución es imprescriptible”.